Derechos y Calificaciones de ACTO

Derechos de la Membresía:

  • Cada miembro organizacional (escuela, organización de entrenamiento, corporación) puede inscriber a número ilimitado de representantes para ACTO.
  • El Representante Primario tendrá derecho a votar. Los adicionales representantes no tendrán derecho a votar.
  • Cualquiera de los representantes de la Organización son elegibles para tener un puesto en el Consejo Directivo si reúne 3 condiciones:
    • El Representante está activamente involucrado con ACTO.
    • El Representante ha asumido el rol de la Representación Primaria de su Organización en ACTO.
    • No hay otro Representante de su organización con un puesto Oficial o en el Consejo que pueda darse al mismo tiempo para el término elegido.
  • Cualquier Representante puede server o trabajar en cualquier comité.
  • Cualquier Representante puede asistir a las conferencias de ACTO y a sus encuentros de negocios ofrecido para miembros de ACTO (Las reuniones Ejecutivas y del Consejo no son abiertas para los miembros)
    [Las reuniones ejecutivas y las reuniones de la Junta no están abiertas a los miembros.]

Calificaciones para la Membresía

Ünete a ACTO como una Organización (escuela, organización de entrenamiento, corporación), o como un individuo (Coachi no alineado o perteneciente a una escuela de entrenamiento u organización, pero que se dedica a entrenar en habilidades de coaching).

  • Una organización puede contener más de una escuela, pero las escuelas deben estar identificadas con esa sola organización.
  • Haber pagado sus aranceles anuales de membresía, como lo indica el Consejo, y estar al día para el mes de enero..
  • Tanto como ocurre con la profesión de coaching, la Asociación de Organizaciones Entrenadoras en Coaching (ACTO), y sus miembros, están siempre en evolución y sujetos a cambios.