Derechos y Calificaciones de ACTO
Derechos de la Membresía:
- Cada miembro organizacional (escuela, organización de entrenamiento, corporación) puede inscriber a número ilimitado de representantes para ACTO.
- El Representante Primario tendrá derecho a votar. Los adicionales representantes no tendrán derecho a votar.
- Cualquiera de los representantes de la Organización son elegibles para tener un puesto en el Consejo Directivo si reúne 3 condiciones:
- El Representante está activamente involucrado con ACTO.
- El Representante ha asumido el rol de la Representación Primaria de su Organización en ACTO.
- No hay otro Representante de su organización con un puesto Oficial o en el Consejo que pueda darse al mismo tiempo para el término elegido.
- Cualquier Representante puede server o trabajar en cualquier comité.
- Cualquier Representante puede asistir a las conferencias de ACTO y a sus encuentros de negocios ofrecido para miembros de ACTO (Las reuniones Ejecutivas y del Consejo no son abiertas para los miembros) [Las reuniones ejecutivas y las reuniones de la Junta no están abiertas a los miembros.]
Calificaciones para la Membresía
Ünete a ACTO como una Organización (escuela, organización de entrenamiento, corporación), o como un individuo (Coachi no alineado o perteneciente a una escuela de entrenamiento u organización, pero que se dedica a entrenar en habilidades de coaching).
- Una organización puede contener más de una escuela, pero las escuelas deben estar identificadas con esa sola organización.
- Haber pagado sus aranceles anuales de membresía, como lo indica el Consejo, y estar al día para el mes de enero..
- Tanto como ocurre con la profesión de coaching, la Asociación de Organizaciones Entrenadoras en Coaching (ACTO), y sus miembros, están siempre en evolución y sujetos a cambios.